Lucha política en el Tribunal Supremo

Justicia Social

La reciente determinación del Tribunal Supremo, en relación al caso de Doral y el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, ha colocado bajo el escrutinio público otra realidad de dicho cuerpo. Contrario a lo que se creía al respecto del rol de la política en el Supremo, aparentemente, el enfrentamiento no es tanto partidista como personalista. La lucha política dentro del Tribunal Supremo se trata de un enfrentamiento entre facciones que no se han delimitado claramente por sus alianzas partidistas.

La resolución emitida por el Tribunal Supremo el día 16 de septiembre de 2014, en el caso de Doral, declara “no ha lugar” una moción urgente de la parte peticionaria, en este caso Doral Bank, solicitando, por vía de certiorari (se trata de un recurso discrecional), revisión de una determinación del Circuito de Apelaciones que revocaba a la juez de primera instancia. La juez de primera instancia había determinado que el ELA tenía que utilizar el estándar de prueba “robusta y convincente” en el caso de Doral, en lugar del estándar común en casos civiles de preponderancia de la prueba. Esto significa que el ELA, para probar su caso, tenía que presentar una prueba más fuerte que la requerida bajo el estándar común. El Circuito de Apelaciones, en la sala presidida por Carlos Vizcarrondo, revocó la determinación de la juez de instancia y determinó que el estándar sería el de preponderancia de la prueba, como normalmente se requiere en casos civiles.

Los peticionarios sometieron una moción urgente ante el Tribunal Supremo que está operando bajo la estructura de salas de verano. La sala estaba constituida por los jueces Martínez, Kolthoff y Estrella. En un primer momento, la sala determina emitir una orden de paralización en auxilio de jurisdicción. Dicha determinación se toma por dos votos a favor de paralizar, Martínez y Kolthoff, y un voto contra dicha paralización, Estrella. Según el voto disidente emitido por Martínez, “todos los integrantes del Tribunal votaron en un asunto luego de que el Juez Asociado señor Estrella Martínez no estuvo conforme con el resultado de la votación en su sala”.

Según Martínez, la acción del pleno del Tribunal violó el reglamento de dicho cuerpo y dicha mayoría, además de “pasarle por encima a la sala”, deslegitimiza a todo el Tribunal por haberse convocado de forma ultra vires. Según Martínez, las acciones del pleno del Tribunal, al ser ultra vires, son ilegales, ya que dicho señalamiento significa que un cuerpo actúa más allá de lo que le permite la ley.

La resolución del pleno del Tribunal fue apoyada por los tres jueces populares y los jueces Estrella, Pabón Charneco y Rivera García. El juez asociado Filiberti Cintrón estaba inhibido y los jueces Martínez y Kolthoff disintieron. Martínez expresó que las acciones del pleno eran ilegales, Kolthoff se unió a la disidente de Martínez, pero solo en cuanto a las razones para paralizar y no en cuanto a la validez de los actos del pleno del Tribunal. Este panorama nos da una visión más clara del enfrentamiento que se está dando dentro del Tribunal Supremo. La lucha no es entre los jueces afiliados al PNP y los afiliados al PPD, la lucha es dentro del caucus del PNP entre el juez asociado Estrella y el juez asociado Martínez. La batalla política dentro del Tribunal Supremo no es partidista sino entre los que se quieren perfilar como futuros líderes del cuerpo judicial.

El juez asociado Estrella emitió una opinión en conformidad con la resolución de la mayoría en la cual afirma que el pleno puede intervenir para evitar que una “minoría de 2 jueces” pueda paralizar procedimientos. Como parte de su razonamiento, el juez asociado Estrella afirmó que, “[n]unca promoveré que una sala de verano tenga el poder de veto para paralizar procedimientos, si media un criterio mayoritario del Pleno del Tribunal”. El juez asociado Martínez, en clara referencia a las expresiones del juez asociado Estrella afirma que su argumento no es un “reclamo de poder de veto” y que las acciones del Tribunal en Pleno, al ser ultra vires, son ilegítimas y que por ello no “reconozco la validez de ninguna votación que no se lleve a cabo como el reglamento dispone”. Reconociendo su derecho a protestar, pero no a modificar la determinación del pleno el juez asociado Martínez termina diciendo que “[e]l daño a la imagen de este Tribunal es irreparable”. La lucha dentro del Tribunal, esto nos sugiere, está todavía comenzando.

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