Decisión de juez federal pone a Puerto Rico entre la Espada y la pared

Justicia Social

La ley de quiebras local, confeccionada para renegociar la deuda de Puerto Rico y cinco de sus corporaciones públicas con sus bonistas, ha sido declarada inconstitucional por un juez de Estados Unidos de Puerto Rico. ¿Ahora, qué remedio le queda a Puerto Rico, una colonia de Estados Unidos, para salir de su hoyo financiero y de su defalco monumental? Ahora, más que nunca, debemos despertar en la Isla y darnos cuenta que la actual relación con Washington D. C. no está funcionando.

Básicamente, la decisión del juez Francisco Besosa sentencia que la Ley de Quiebras de Estados Unidos ocupa el campo legal, impidiéndole a la Isla formar una estructura criolla para lidiar con las deudas con sus acreedores, en este caso sus bonistas. El principio de ocupación del campo legal, encapsulado en la Cláusula de Supremacía de la Constitución federal, a grandes rasgos impide que los estados o territorios actúen o aprueben leyes sobre aquellas áreas ya específicamente reguladas por el Gobierno federal. La opinión también menciona un posible menoscabo de los derechos contractuales de parte del Gobierno del Estado Libre Asociado ante los fondos de inversión norteamericanos que comparecieron como demandantes en este caso.

Hay una disposición en la Ley de Quiebras de Estados Unidos que le otorga el derecho a jurisdicciones municipales, excepto Washington D. C., a valerse de esta ley federal para reestructurar deudas con sus bonistas. Esta disposición ha permitido que la ciudad de Detroit use la Ley de Quiebras federal para lidiar con sus deudores. Pero esta no tiene nada que ver con nosotros, recalca el tribunal. Y tampoco el Gobierno de Puerto Rico puede crear un facsímile razonable.

Puerto Rico sufre una depresión desde el 2006. Su deuda con los bonistas suma alrededor de $73 mil millones; $48 mil millones que provienen de cinco corporaciones públicas. La Constitución de Puerto Rico le otorga un rango prioritario a la deuda de los bonistas, o sea, que esta deuda la tiene que atender el Gobierno antes que ninguna otra. Se incluyó esta sección en nuestra constitución como garantía (e incentivo) al capital financiero para que le otorgarse préstamos a esta Isla del Tercer Mundo. La ley de quiebra boricua ofrecía un mecanismo para que Puerto Rico continuase pagando su deuda. La decisión de Besosa deja a Puerto Rico y su economía al desnudo. Está más claro que nunca que veremos el impago (default) en nuestra deuda en un futuro no lejano. 

La relación de Puerto Rico con Estados Unidos es extraña. El Tribunal Supremo de Estados Unidos dictaminó a principios del siglo pasado, poco después de la invasión norteamericana que cambió el mando colonial en la Isla, que Puerto Rico “pertenece y no es parte de” los Estados Unidos. La jurisdicción primordial sobre el territorio de Puerto Rico recae en el Congreso de los Estados Unidos. Mediante sus decisiones sobre Puerto Rico, el Supremo federal creó un andamiaje o una justificación para el colonialismo en la Isla.

Con toda probabilidad, el Gobierno de Puerto Rico acuda en revisión al Primer Circuito de Apelaciones, localizado en Boston. Por lo menos, yo no estoy contando con una revocación de su parte. Tal parece que todos los asuntos de importancia en cuanto a la gobernanza de esta colonia recaen sobre alguna de la ramas del Gobierno federal.

Esto ha ido en incremento mientras más dependemos de Estados Unidos. La solución es política. Los puertorriqueños hemos caído en un marasmo. Típico de los buenos coloniales, hay un miedo generalizado en la Isla de que sin Estados Unidos nos vamos a morir todos.

Ahora, hemos llegado al punto de que un tribunal de Estados Unidos ha vedado un mecanismo que proveía un manera de mantenernos a flote. Esta deuda es impagable. Nuestra relación colonial imposibilita la creación de mecanismos para manejar nuestros asuntos. Es tiempo que nuestros partidos políticos, que han hecho un negocio del colonialismo por tanto tiempo, se den cuenta de esto.

Crédito foto: Jeffrey Smith, www.flickr.com, bajo licencia de Creative Commons (https://creativecommons.org/licenses/by-nd/2.0/)