Gobernadora Wanda Vázquez Garced firma ley para atender la instalación de sistemas contra incendios que sean efectivos en centros de cuidado asistencial

Comunicados de prensa
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(27 de agosto de 2020- La Fortaleza, San Juan) – La gobernadora Wanda Vázquez Garced firmó esta tarde el Sustitutivo de la Cámara del Proyecto del Senado 1219, que enmienda la “Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico”, a los fines de modificar las medidas requeridas contra incendios a ciertos hogares, establecimientos o centros de cuidado asistencial para menores, adultos, adultos mayores, o adultos con discapacidad intelectual o física.

“El requerimiento de instalar rociadores automáticos contra incendios no sólo tendría un impacto nefasto para muchos de estos centros que no cuentan con los recursos ni la infraestructura necesaria para poder instalarlos, sino que dada la realidad estructural de estos centros en la Isla, no serían efectivos. Es por esto que, en su lugar, deberán instalar sistemas digitales o análogos de control o protección contra incendios que cumplan con los estándares de seguridad aplicables, además de detectores de humo, extintores de 50 libras y alarmas contra incendios”, indicó la primera ejecutiva tras firmar la medida.

La misma aplica a los centros que son licenciados por el Departamento de la Familia, el Departamento de Salud o por la Administración de Servicios de Salud Mental y Contra la Adicción, a los Centros de Cuidado y Desarrollo de Niños, Centros o Albergues de Protección a Víctimas de Violencia de Género, Centros o Albergues de Protección para Niños y Adolescentes, Centros de Servicios para Personas Sin Hogar y a los Centros o Establecimientos de Servicios de Rehabilitación de Drogas o Alcohol.   El problema que la medida atiende es uno relacionado a los requisitos impuestos a hogares de cuidado al catalogarlos como estructuras I-2, que aplica a estructuras institucionales como lo son hospitales y centros psiquiátricos, cuando la realidad es que estas instituciones en Puerto Rico son en su mayoría tipo Residencial. El International Code Council utilizado como base para el Código de Construcción de Puerto Rico ofrece deferencia a las jurisdicciones para atemperar las clasificaciones de acuerdo con sus particularidades.

“La diversidad de hogares, albergues y centros de cuido existentes a través de todo Puerto Rico es amplia. Las sobre 1,000 instituciones proveen un servicio esencial a miles de personas, un techo seguro, alimentación, cuidado, acompañamiento, servicios de salud y apoyo psicosocial, entre otras necesidades. Sin duda, el gobierno de Puerto Rico tiene una responsabilidad de velar por el bienestar de la ciudadanía, y en este caso, de asegurarse que cumplan con las normas establecidas para estar seguros, donde cumplan con su propósito y ofrezca sus servicios de forma adecuada”, manifestó la gobernadora.

Cabe destacar que cerca del 85% de los hogares y establecimientos de cuidado en la isla están ubicados en estructuras residenciales, por lo que no aguantan los requerimientos que conlleva la instalación de un tanque de agua de cerca de 18,000 galones. Además, requeriría de un cambio de tuberías que provean la presión que necesitan estos rociadores para que sean funcionales, lo cual conllevaría trabajos mayores de parte de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados (AAA) en la instalación de una nueva línea matriz, así como un aumento en el diámetro del contador, labor que resulta excesivamente compleja además de onerosa para estas facilidades que, de ordinario, operan con limitados recursos económicos.

“Desde hace varios años, se suscitó una controversia sobre los requisitos a estos hogares, albergues y centros, respecto a las medidas y el equipo necesario para detectar y prevenir incendios. Con la aprobación de esta medida evitamos una implementación reglamentaria que hubiese provocado cierre de cientos de estas instituciones, dejando a menores, envejecientes, personas discapacitadas y víctimas de violencia doméstica en la calle. Esta medida fue producto de un extenso proceso de diálogo y evaluación, logrando un balance para la adopción de medidas de prevención y detección de incendios efectivas, sin afectar a la población vulnerable qué necesita de estos centros y albergues”, agregó Vázquez Garced.

La imposición del requerimiento tipo I-2 a estos albergues resulta en una herramienta inefectiva para salvar vidas, ya que se ha evidenciado que los rociadores requeridos en esta categoría se activan cuando la temperatura ya ha alcanzado entre 150 a 165 grados, dificultando las posibilidades de salvar una vida en ese momento. De no aprobarse esta ley, tendría un impacto social muy grande en todos los niveles.  En su lugar, se requerirá de instalación de un sistema digital o análogo de control o protección contra incendios que identifica con precisión dónde se originó la señal y a qué zona o zonas afecta.

Esta medida es apoyada por el Centro Unido de Detallistas, la Federación de Instituciones de Cuido Prolongado, Empresarios por Puerto Rico, Red por los Derechos de la Niñez y la Juventud, Coalición Entidades de Servicios, Asociación de Centros de Cuidado y Desarrollo del Niño, Inc., Red de Albergues de Violencia Doméstica de Puerto Rico, entre otras.