En 2008, después de una acalorada e histórica batalla primaria contra Hillary Clinton, Barack Obama aseguró el candidato demócrata a la presidencia. Pero en Colorado, el candidato al Congreso Jared Polis también marcó un punto de inflexión.

Tanto Obama como Polis ganaron; este último obtuvo más del 62% de los votos y se convirtió en el primer hombre homosexual en ganar las elecciones a la Cámara de Representantes de Estados Unidos.

Después de los años de Bush, el panorama político cambió dramáticamente. En lugar de defenderse constantemente de los ataques e insultos republicanos, los derechos LGBTQ+ avanzaron rápidamente durante la presidencia de Obama.

Durante el gobierno del expresidente Donald Trump, esos derechos disminuyeron y los ataques del Partido Republicano contra la comunidad queer se intensificaron. La cruzada en curso contra la comunidad queer ha alcanzado nuevas alturas bajo el presidente Joe Biden, con la administración y los activistas obligados a volver a adoptar una posición defensiva una vez más. Aun así, Polis, gobernador de Colorado desde 2019, Gavin Newsom (D) de California y Maura Healey (D) de Massachusetts han mantenido la línea o han avanzado los derechos LGBTQ+ desde que asumieron sus respectivos cargos. Healey es la primera gobernadora abiertamente lesbiana del país.

Polis, quien ha estado en el servicio público durante casi 25 años desde su primer puesto electo en la Junta de Educación del Estado de Colorado, reconoce tanto los avances como los retrocesos.

Una mayor conciencia de las diferentes facetas de la identidad LGBTQ+ también ha generado su cuota de ataques, con el Partido Republicano apuntando a la comunidad transgénero a través de proyectos de ley estatales y acciones legales en más de 20 estados , obligando a muchos “refugiados de género” a buscar atención médica en estados santuario.

En 2018, Polis dejó la Cámara de Representantes para postularse para un cargo en el estado de Colorado, convirtiéndose en el primer gobernador electo gay. La medida le dio a Polis una visión única de la vida estadounidense, tanto macro como micro.

Si bien presionó por los derechos LGBTQ+ en la Cámara de Representantes, también logró bastante como gobernador. Pero a menudo, los temas importantes para las personas LGBTQ+ no son explícitamente queer.

Mantener el impulso hacia adelante no ha sido fácil. Desde grupos religiosos de odio hasta políticos transfóbicos como la representante Lauren Boebert , el estado ha sido la base de operaciones de activistas anti-LGBTQ+ durante décadas. Polis ha sorteado hábilmente los peligros potenciales al socavar y restar importancia a las tácticas de miedo y odio de la derecha sin amplificarlas. ¿Pero cómo lo ha hecho?

Con el día de las elecciones en el horizonte, es más importante que nunca que la comunidad queer acuda a las urnas, señala. Si queremos seguir promoviendo los derechos LGBTQ+, es necesario que ocupen cargos más políticos que creen en el progreso, y no sólo a nivel federal.

"Es importante que los votantes pregunten a los candidatos de la junta escolar, del concejo municipal, de la legislatura estatal y del Congreso cómo apoyarían a la comunidad LGBTQ+ y se aseguren de que elegimos y votamos por personas que apoyan los derechos de todos los estadounidenses” ha dicho Polis. 

“Es absolutamente fundamental votar. La comunidad LGBTQ+, y en particular la comunidad trans, está siendo atacada y vilipendiada. Y es importante demostrar que eso no funciona en los Estados Unidos de hoy y del mañana. "

Desde bibliotecas locales y juntas escolares hasta los pasillos del Congreso, organizaciones de extrema derecha como Moms for Liberty continúan reclutando activistas anti-LGBTQ+ para postularse para cargos públicos.

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Todos los años les comparto los números del Censo sobre matrimonios y divorcios del mismo sexo en Puerto Rico.  Lo más reciente que les compartí fueron los números del 2022, gracias a la cortesía de Wanda Llovet Diaz y Melissa López Rosa del Registro Demográfico, Departamento de Salud de Puerto Rico.


Matrimonios del mismo sexo y cancelaciones de matrimonios del mismo sexo, por año 2017 a 2022

 

 

2017

2018

2019

2020

2021

2022*

Grand Total

Total de matrimonios

Total de matrimonios

12852

14094

12553

8580

13548

8641

70268

Del mismo sexo

499

594

513

402

687

433

3128

Femenino y Femenino

298

322

291

237

398

236

1782

Masculino y Masculino

201

272

222

165

289

197

1345

Tipo de cancelación

DIVORCIO

62

47

22

10

10

2

153

ESCRITURA ANTE NOTARIO(A)

13

9

18

7

4

2

53

Oficiante de ceremonia

CAPELLÁN

0

4

2

1

2

0

9

CURA

31

35

30

9

25

13

143

JUEZ

197

156

138

63

88

56

698

MINISTRO

233

268

205

162

280

163

1311

NOTARIO

38

131

137

167

291

201

965

RABBI

0

0

1

0

1

0

2

Fuente: Registro Demográfico

Fecha del archivo: 10/04/2022

*Datos de 2022 no son finales y están sujetos a cambios. 



Por más que he tratado de conseguir datos actualizados de parte de nuestro Departamento de Salud, no lo he logrado.  Sin embargo gracias a las atenciones de la Dra. Kerith Conron, Blachford-Cooper Research Director and Distinguished Scholar, the Williams Institute, UCLA quien nos aclara:

Cabe señalar que los datos estimados de del 2023 todavía no han sido actualizados en la página oficial del Censo.



Por ende, la Dra. Kerith Conron ha utilizado las tablas del 2002 para diseñar una aproximación.



Lo que nos demuestra que el número de parejas del mismo sexo casadas no ha mostrado cambio alguno, mientras que el número de parejas del mismo sexo co-habitando juntas ha aumentado ligeramente. 

Por ende la Dra. Kerith Conron estima que para el 2023, tendremos casi 7,000 parejas del mismo sexo cohabitando juntas, incluyendo sobre 2,000 parejas casadas, basandose en los números que vemos entre 2019 y 2022.

Los datos de los divorcios me los debe Salud.  Luego se los comparto.

 

A medida que los derechos LGBTQ+ se han ampliado, países de todo el mundo han reconocido el derecho de las parejas de gays y lesbianas a casarse. Pero si bien el matrimonio igualitario se ha convertido en algo común en Europa y América del Norte y del Sur, el progreso ha sido más lento en África y Asia.

Si bien Taiwán se convirtió en el primer país del sur de Asia en reconocer el matrimonio igualitario en 2019, Nepal está rápidamente pasando a la vanguardia al superar otro hito importante: el primer reconocimiento de una pareja de lesbianas casadas.

La pancarta del arco iris se izó sobre la casa de las Naciones Unidas como símbolo de esperanza para la comunidad LGBTQ del país.

En la ciudad capital de Katmandú, Anju Devi Shrestha y Suprita Gurung ha hecho historia como la primera pareja de lesbianas en registrar su matrimonio ante las autoridades.

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Era una de esas tardes mojigatas, de esas que dan ganas de bostezar, cuando acudimos gozosos al reclamo de Emma Rodas, amiga de Armindo,(Núñez) a tertuliar en su casa. Yo realmente iba medio achongado, pues no conocía a esos amigos que habían compartido vivencias, en un mundo que yo apenas había atisbado. Al llegar me enfoqué con una gigante foto enmarcada de Fidel, Mari Brás y un joven, que resultó ser nuestro anfitrión. Lo reconocí por sus grandes ojos negros y su sonrisa amplia. En el otoño de su vida todavía conservaba esa brillantez de mente y esa riqueza de verbo que subyuga a su interlocutor. A la tertulia se unió Tito Meléndez, otro amigo del grupo. Yo solo miraba y escuchaba a Emma, Alberto, Tito y Armo compartir sus vivencias, las cuales, de alguna manera, Armo se las había reservados calladitas en un rincón de sus recuerdos. Nunca había participado de una conversación política y al principio se me hizo difícil seguirles. Eso si, advertí de inmediato que se desplegaba ante mis oídos un trozo de la historia de una Patria a quienes ellos trataron de liberar. También reconocí en la voz de Alberto un tono patriarcal, a veces conciliatorio, pero claro y brillante. Desde ese momento, quedé atrapado en sus redes.

Desde ese día han pasado muchos años, muchas cenas, muchas tertulias en que Alberto me fue contando sus hazañas. Conocí la ferocidad de Alberto si alguien tocaba algún miembro de su familia, fueran estos su esposa o sus hijos Marcos y Lola; la generosidad con que compartía lo suyo con sus amigos; su amor por Emma y su Patria. Poco a poco la figura de ese hombre se me fue transformado en El Patriarca.

Siempre estuve maravillado por su verbo locuaz y brillante, capaz de transformar la situación más sencilla en un evento visual y de sensaciones. Pasé largas horas en su balcón escuchándole contar las más increíbles anécdotas de su vida.

Fruto de sus historias y de la maravillosa memoria de Emma quiero compartirles este homenaje a sus relatos.

Sus padres eran de Utuado, del Bo. Mameyes. Su familia tenía tierras, pero al casarse, las cosas estaban muy malas y tuvieron que emigrar a la República Dominicana donde su papá administró un aserradero en la zona de la Vega, al centro norte de la isla. Mientras trabajaba, nacieron tres de sus hermanos mayores. La dictadura hizo que su papá tuviera que salir corriendo y dejar allí a su esposa e hijos, quienes enfermaron de una de esas condiciones que mataban a todos en este trópico pobre, y los varones murieron, sobreviviéndoles su hermana. Regresaron a Puerto Rico y se ubicaron en Vega Baja cuando su hermana mayor tenía ya cinco años. Ya su papá trabajaba en una central y allí nacieron él y su hermana menor. De un día para otro, una hermana de su mamá, dueña de un hospedaje en el Viejo San Juan, decide emigrar para Estados Unidos. En poco tiempo le surge la posibilidad de administrarlo. El hospedaje estaba al frente del hoy estacionamiento de Doña Fela. Con cuanta nostalgia me contaba como se escuchaban el alboroto de los trabajadores de los muelles en la madrugada y los pitos de los barcos entrando y saliendo. Aunque sus padres eran pobres fueron los muchos jóvenes de su familia a quienes les daban cama y comida para que pudieran ir a la UPR. Otros llegaban de los campo a buscar trabajo.

Nunca olvidaré cuando me contó como los marinos americanos surcaban las calles adoquinadas, formando una oleada salvaje y desordenada en la búsqueda de alcohol y mujeres, creyéndose amos de nuestra Isla. San Juan era un barrio mezclado en cuanto a clases. Por mucho tiempo estuvo lleno de vecindades, hacinándose familias enteras en un cuarto . No es el sitio que es hoy. Los ricos no vivían allí. No es hasta que se “descubre” su valor histórico que empieza a cambiar y a convertirse en el sitio de moda, desapareciendo la población más pobre. Cuando él vivía allí había profesionales o comerciantes pero eran los menos. Al irse desarrollando las urbanizaciones, la gente sencilla se fue.

Sus años escolares no estaban desprovistos de las escapadas a los cines donde las aventuras de Tarzán, los vaqueros y de las rumberas cubanas con cuerpos contoneantes, poblaron sus sueños. Recuerda los bares donde los abogados del Tribunal Federal compartían anécdotas con el pueblo, que siempre locuaz, juzgaba cual togados.

Aunque su papá Antonio trabajaba como carpintero, siempre sacaba tiempo para llevarlo todos los días a la Biblioteca Carnegie. Mientras el hacía lo suyo, su padre leía periódicos, revistas y sacaba libros sobre historia y otros temas internacionales. Me recalca que su padre siempre fue independendista, pero nunca militó en ningún partido, aunque siempre votó por el PIP.

El estudió en la Academia Católica un año. Luego lo llevaron a la José Julián Acosta y de ahí a la Intermedia en la Baldorioty, lo mueven a la Lincoln y de allí pasó a la Central High. Bajo los ojos preocupados de sus padres floreció en el espíritu patrio. En sus años centralinos llegó a ser editor del periódico escolar y fundador de la Federación de Estudiantes Pro Independencia (FEPI), Ya para ese entonces también participaba de actividades del Movimiento Pro Independencia (MPI), donde conoce a su gestor y guía Don Juan Mari Brás.

Una maestra de escuela superior cuenta, que Alberto se distinguía porque corregía la información que tenían sus maestros de historia y otras materias. Ella le tenía terror cada vez que levantaba la mano en clase, y tuvo que pedirle que no lo hiciera porque la desmoralizaba frente a los demás alumnos”, comentó Emma. Alberto le aclara que “ si, lo hacía en todas las clases que me interesaban pero que lo hacía de una forma respetuosa”, riéndose aclara que “no era a modo de polémica sino para corregir data incorrecta.”

Así llega a la Universidad de Puerto Rico en Río Piedras motivado por sus fuertes convicciones y su espíritu crítico, forma parte de la Comisión Política del MPI, siendo el miembro más jovencito. En el 1966 preside la FUPI . Sus posiciones se las ganó con “trabajo y sufrimiento.” Pero más sufrieron sus padres, quienes lo acompañaban cada vez que lo arrestaban. “Nos metían en la CARED de la Parada 8, por cualquier cosa: llevar una bandera de PR, pasquinar, estar reunidos.” Eran los tiempos de la Guerra de Vietnam. Alberto se negó a ir y lo arrestaron en su casa. “Mis padres querían que estudiara y sufrieron mucho.”
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¡Decir lo obvio es algo que hay que hacer en ocasiones como lo es esta! Las personas trans no son pedófilos ambulantes por ser trans, y punto. 

Las personas trans no son acicaladoras, ni se sienten atraídas sexualmente por los niños, ni realizan actos sexuales con niños simplemente por vivir su yo afirmado. 

Ser trans no es una amenaza para los niños simplemente por ser trans. Insinuar que ser trans habla tanto del acoso de poder de quienes usan el peluquero y otros insultos como de la percepción de las personas trans en la sociedad. Dado que el abuso infantil se ha convertido en el ataque definitivo contra cualquier minoría, el hecho de que sea el arma inmediata elegida por los transfóbicos resalta el veneno pernicioso lanzado contra cualquiera que sea trans inclusivo o trans.

Sí, algunas personas trans son condenadas por delitos sexuales contra niños, y sí, se utilizan como arma a nivel industrial cada vez que una persona trans intenta defender los derechos de las personas trans. Lo que pasa desapercibido es la insinuación de que simplemente se debe arrojar a los trans pedófilos en la cara de las mujeres trans respetuosas de la ley. 

No se puede equivocar con la pedofilia , es un crimen atroz que debe ser castigado con todo el peso de la ley. Sin embargo, para las personas trans esta justicia es un mazo de asociación contaminada, utilizada de una manera que roza a todas y cada una de las mujeres trans. Ser una mujer trans en el mundo de habla inglesa es enfrentar este aluvión de abusos, acusaciones que son fáciles de refutar, pero imposibles de borrar por completo. En el constante tamborileo de los peluqueros y cosas peores, una pequeña mancha permanece, arrojando dudas entre quienes creen en la retórica feminista excluyente. Es transfóbico de la misma manera que esas mismas acusaciones fueron contra hombres homosexuales, lesbianas, judíos, negros y musulmanes. Sí, una pequeña fracción puede ser delincuentes sexuales, pero la culpa por asociación siempre ha sido el arma preferida de la extrema derecha contra sus objetivos minoritarios. Por eso el feminismo excluyente es una ideología de derecha, porque coopta la culpa mediante tácticas de asociación de la derecha, esgrimiéndola como un tío borracho con un AK47 en una boda rusa.

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Esta mirada ficticia a lo que significa ser un hombre gay en la vejez no es edificante, pero para muchos es cierta.

Que comience la ficción.

Estoy escribiendo esto sobre un amigo mayor, gay y de unos ochenta años, ¿saben? Ahora usa un andador o una silla de ruedas dependiendo del lugar de la instalación al que se dirige. Puede pagar diariamente ayuda adicional además de los pocos asistentes que apenas pueden cubrir las necesidades de los residentes.

La mayoría de sus pertenencias de toda la vida han sido vendidas. Sus artículos menos valiosos y menos preciados están cargados en pesadas bolsas de basura de plástico negro de 25 galones, bien cerradas, colocadas desordenadamente y polvorientas alrededor de su pequeña habitación, y apiladas en un armario aún más pequeño. Jura que algún día abrirá esas bolsas y las revisará, aunque sólo sea para recordar.

Su ropa, después de tantos años, empieza a notar el desgaste. Las camisetas están estiradas alrededor del cuello y se han vuelto amarillentas de una manera que remojarlas en lejía solo hace que se desmoronen más rápidamente. Devolverlas a su impecable blanco recién comprado nunca sucederá.

Los calzoncillos quedan sueltos alrededor de la cintura porque el elástico se ha desgastado con demasiados lavados . Manchas en la parte delantera y trasera del calzoncillo. Los blancos , además del tinte amarillento, llegaron para quedarse con el uso de lejía en los ciclos de lavado o no.

Por suerte, sólo de vez en cuando sufre incontinencia. Los llama pantalones de papel, no pañales como los llaman los asistentes. Si bien mantienen contenidas la orina y las heces, no retienen los malos olores ni alivian la incomodidad de estar sentado en la mierda, a veces durante horas, hasta que un asistente puede ayudar a limpiarlo. Nuevamente, afortunadamente esto sólo sucede una vez y mucho tiempo.

Camisas y jeans constituyen la mayor parte de su guardarropa. Sus pantalones de vestir y sus blazers azul marino ya no le quedan bien alrededor del vientre. Las camisas de vestir ya no tienen botones en el cuello debido al aumento de peso y sus corbatas son demasiado estrechas o demasiado anchas para adaptarse a los tiempos.

Además, en realidad nunca necesita vestirse elegante y la camisa ajustada y la corbata anudada hacen que sea más difícil respirar. Los jeans azules y las camisas de franela siguen siendo cómodos, pero también suelen estar manchados por la caída de comida, algo que la tintorería niega con una nota pegada a las piezas que regresan envueltas en finas bolsas de plástico.

Las comidas en casa están bien, pero las opciones son limitadas, al igual que las especias y condimentos que la casa se atreve a usar en los diversos elementos que se repiten como un reloj, o debería decir dependiendo del día de la semana que sea.

Los postres son buenos y al menos por eso recibe su ingesta continua de azúcar que ayuda a mantener su diagnóstico de diabetes y las dos inyecciones, una en los muslos alternados cada día y noche.

En lugar de ir a la ópera, a un musical de Broadway o al cine; Artistas mayores, artistas de nivel B y varios voluntarios geriátricos vienen a la casa dos veces por semana a las 3:00 y los domingos a la 1:00 para compartir malas interpretaciones de viejas melodías, popurrís de palabras faltantes de canciones casi olvidadas, chirridos y raspaduras. instrumentos musicales, coros de niños jóvenes cantando casi desafinadamente y, de vez en cuando, alguien leyendo poesía esotérica que, al diablo con la vida, no puede ser entendida por las masas.

Pueden ver televisión por la noche en la sala de recreación, pero él se asegura de llegar temprano porque tanto la sala como el televisor son demasiado pequeños para que todos los que quieran unirse puedan acercarse lo suficiente para ver la pantalla. Nunca suben el volumen lo suficiente como para que todos escuchen los diálogos.

La hora de acostarse, pastillas para dormir y más medicamentos de los que uno puede tragar a la vez, comienza a las 8:00, cansado o no. Entonces, una vez acostado en la cama, hay mucho tiempo para recordar el pasado antes de quedarse dormido. También hay tiempo suficiente para preocuparse por el mañana.

Recordando el pasado.

Por alguna razón nunca encontró un compañero de vida. Tenía algunos buenos amigos, pero nadie con quien quisiera sentar cabeza por el resto de su vida. En aquellos días, no se esperaba que los hombres homosexuales tuvieran relaciones amorosas y duraderas ; Entonces, ¿por qué debería haber esperado esto para sí mismo?

¿Qué pasó con esas tardes de ligue en los baños del parque y el sexo anónimo y aleatorio que podía encontrar allí? ¿Cómo se perdieron las aventuras de una noche después de una noche de alcohol, tabaco, poppers y Mary Jane? Y al mirar atrás, en lugar de tomarse el tiempo para disfrutar de cada cita, pasaba a la siguiente, a veces en la misma tarde o noche, o ambas.

Rara vez traería a alguien a su apartamento o iría al de ellos . Esto era por miedo, en aquellos días, a que les robaran, les dieran una paliza o algo peor. Además, siempre existía la posibilidad de hacerle proposiciones inadvertidas a un policía y terminar en una celda durante la noche con manchas de tinta de huellas dactilares en las manos. Por todo esto, mientras continuaba con sus aventuras sexuales, limitaba sus encuentros sexuales.

Le encantaba ir a los baños, ya que allí podía obtener todo lo anterior, pero de forma segura y sin ninguna de las preocupaciones con las que abundaba el sexo gay en aquellos días. Por unos diez dólares podía conseguir una taquilla y pasar una noche entretenida con tantos jugadores como pudiera o al menos con tantos como le pareciera atractivo. A medida que crecía, sus gustos se volvieron más abiertos y sus opciones para alcanzar el éxito fueron menores. En los baños también podía traer a casa ladillas, gonorrea y, a veces, con suerte, sífilis seguida de dolorosas inyecciones de penicilina.

Mientras tanto la vida continúa.

De alguna manera superará cada día solitario, sin importarle hacerse amigo de ninguno de los otros idiotas de la casa y sin recibir visitas con la mayoría de su familia muerta y desaparecida. Lo mismo con la mayoría de sus amigos, desaparecidos.

Al llegar a esta residencia de ancianos, en muchos sentidos tuvo que volver al armario. Ser homosexual aquí no está bien aceptado y nunca se sabe quién se negará a ayudarte o, en algunos casos extremos, incluso conspirará contra ti. Y no se refiere sólo a los ayudantes profesionales remunerados, sino también a otros residentes que en su mayoría trajeron consigo su homofobia de su vida anterior.

Ahora su vida es estrecha y se pregunta por qué se desperdicia la juventud en los jóvenes. Había escuchado este trillado asombro muchas veces cuando era joven, pero ahora lo estaba viviendo. Pero la juventud no lo es y ya no puede serlo. Un hombre gay y homosexual practicante, y tampoco se siente cómodo siendolo. La tristeza y la soledad han reemplazado a la homosexualidad. Entonces, ¿qué hay que esperar?

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Comencemos por el principio y el principio es John Eastburn Boswell (Boston, Massachusetts, 20 de marzo de 1947-New Haven, Connecticut, 24 de diciembre de 1994) quien fue un historiador y escritorestadounidense.

Nacido en una familia conservadora y militar, se graduó de sus primeros estudios en el College of William and Mary, donde se convirtió al catolicismo. Su apodo, creado a partir de las iniciales de su nombre, era JEB. Medievalista y filólogo que hablaba fluidamente varios idiomas, recibió su doctorado en la Universidad de Harvard en 1975. Posteriormente se unió a la facultad de historia de la Universidad de Yale y se convirtió en profesor de tiempo completo en 1982. En 1987 ayudó a organizar y a fundar el Centro de Estudios Gais y Lésbicos de la Universidad de Yale, que hoy es conocido como Research Fund for Lesbian and Gay Studies. Recibió la distinción de profesor de historia Whitney Griswold en 1990, mientras era designado para la cátedra de historia por un periodo de dos años en el departamento de historia de la Universidad de Yale.

Recorrió todas las grandes bibliotecas de Europa, incluida la Biblioteca Apostólica Vaticana, donde encontró muchos manuscritos: en total 80 originales de las ceremonias de bodas de carácter homosexual, a las que posteriormente se agregaron otras 60 publicadas en Las bodas de la semejanza, donde se bendicen y santifican los amores homosexuales. Sus trabajos y estudios sobre historia medieval fueron reconocidos por su organización y métodos. Podía escribir sus comentarios a los trabajos de sus alumnos en una caligrafía medieval perfectamente ejecutada.

Murió por complicaciones relacionadas con el sida a la edad de 47 años.

Me gustaría compartir con ustedes lo que aprendí del difunto profesor John Boswell sobre las antiguas uniones entre personas del mismo sexo en Europa. ¡Quédese hasta el final para aprender sobre el matrimonio cristiano homosexual que solía ser una práctica común!

Dificultades de traducción

La misma palabra que puede usarse para evidenciar una relación homosexual puede usarse para sugerir algo completamente diferente dependiendo de la forma en que el lector la entienda. Un ejemplo que da Boswell es la traducción frecuentemente utilizada de "amante" para varias palabras en lenguas antiguas para las que no tenemos equivalente moderno.

La palabra "amante", sostiene, tiene connotaciones diferentes para una pareja heterosexual que para una homosexual:

Un “amante” heterosexual generalmente no es el equivalente a un cónyuge: es alguien con quien un heterosexual no está casado (o aún no está casado) o un interés amoroso además de un cónyuge, visto de lado y generalmente clandestinamente (un "amante"). Estas asociaciones no son apropiadas para “amante” tal como se aplica a parejas del mismo sexo, para quienes la palabra casi siempre designa el foco primario y exclusivo de la vida erótica.

Continúa sugiriendo que este matiz semántico puede llevar a la gente a pensar que todas las uniones homosexuales son tan ilícitas como el adulterio, lo que potencialmente las devalúa. Problemas similares surgen del frecuente uso antiguo de designaciones de hermanos para parejas del mismo sexo. No quiero decir que los antiguos tomaran a los hermanos como amantes, sino que en muchas lenguas antiguas (incluido el latín), el uso de "hermano" y "hermandad" entre hombres sin parentesco sanguíneo se usaba más a menudo para implicar relaciones entre personas del mismo sexo que las relaciones entre personas del mismo sexo. amistades fuertes, y los maridos a menudo se referían a sus esposas como "hermanas" y las esposas a sus maridos como "hermanos". Si bien esto puede parecer extraño, recuerde que los angloparlantes modernos usan frases como "papá" y "nena" en contextos sexuales a pesar de sus significados literales.

Entonces, ¿cómo se traduce "hermano" cuando su significado hoy en día es diferente al que se usaba en el texto? ¿Es correcto cambiarlo a "amante" o "pareja"? Considere cómo usamos la frase "dormir con" en el idioma inglés para referirse a tener relaciones sexuales. Si tuviera que traducir eso literalmente a un idioma que no use esta frase, entonces pensarían que las personas mencionadas simplemente están durmiendo una al lado de la otra. ¿Sería mejor un traductor traduciendo la idea (como habría sugerido mi profesor de francés) o literalmente, como insisten muchos estudiosos?

La naturaleza del matrimonio antiguo

En términos generales, los matrimonios entre los antiguos griegos y romanos (y más allá) tenían expectativas diferentes a las de los matrimonios actuales. La principal diferencia de Boswell entre ellos es que:

Dado que los romanos no buscaban el matrimonio para satisfacer necesidades eróticas, incluso un matrimonio devoto y feliz no dependía de (o revelaba) la orientación sexual (como podría ocurrir en las sociedades modernas donde la gente elige parejas matrimoniales principalmente para la realización emocional y sexual).

A diferencia de lo que hoy consideramos valores matrimoniales tradicionales, en el mundo antiguo buscar uniones sexuales extramatrimoniales se consideraba más bien una búsqueda aceptable de la felicidad (este era el caso de aquellos que no eran judíos o cristianos recién convertidos, que consideraban los actos sexuales con otros como infiel y pecador).

¿Por qué es esto relevante? Hace que sea mucho más difícil utilizar los estilos de vida y los matrimonios de los pueblos antiguos para determinar su sexualidad, ya que muchos hombres que consideraríamos heterosexuales se habrían acostado con hombres o niños y muchos hombres que consideraríamos homosexuales se habrían casado y tenido hijos con mujeres. (Lamentablemente, este es un artículo bastante centrado en los hombres: a los historiadores antiguos no les importaba la homosexualidad entre las mujeres, no creían que fuera posible o no la tomaban muy en serio).

El mito de Erastes y Eromenos

Se utilizan para referirse al miembro mayor y activo en una relación homosexual ( erastes ) y al miembro más joven y pasivo en una relación homosexual ( eromenos ). Sin embargo, si bien esta es una descripción precisa de muchas de las uniones del mundo antiguo, esta configuración particular generalmente se consideraba breve, e incluso los antiguos no estaban seguros de si se cumplían estos roles.

Un ejemplo de complicación aquí sería Aquiles y Patroclo. Cuando matan a Patroclo, Aquiles desea la muerte antes que separarse de su amante. Los antiguos no discutían sobre si Aquiles y Patroclo eran amantes, de hecho, según Eva Cantarella, había:“generalizada, en la antigüedad, de que existía una relación amorosa entre los dos héroes […] en la época clásica era natural e inevitable pensar que una amistad tan intensa entre dos hombres debía incluir también un vínculo sexual).

No, lo que discutían los antiguos era si era Aquiles o Patroclo quien era el amante, la parte activa. Platón registra que Fedro sugiere que:

Esquilo dice tonterías cuando afirma que Aquiles estaba enamorado de Patroclo, porque su belleza superaba no sólo a la de Patroclo sino a la de todos los héroes, y aún era imberbe y además mucho más joven, como dice Homero (p. 31). ).

Fedro, como muchas personas desde entonces, no podía imaginar una relación de iguales o ambigüedad entre personas del mismo sexo. La idea de que un hombre más joven pudiera estar enamorado de uno mayor era, para él, imposible (aunque la diferencia de edad entre Aquiles y Patroclo es insignificante).

Amor militar

Según Boswell, tuvo que leer extensamente sobre las relaciones de los antiguos soldados varones y el vínculo potencialmente homoerótico forjado en el estrés de la guerra. Plutarco argumentó que el ejército más grande que jamás haya existido fue el ejército tebano compuesto por 150 parejas de amantes masculinos, porque nadie era tan valiente como alguien dispuesto a amar a alguien del mismo sexo y entrar en batalla con él. Esto es algo que Boswell considera digno de mencionar en su estudio sobre las antiguas uniones entre personas del mismo sexo precisamente debido a la prevalencia de:

La idea de que las relaciones entre personas del mismo sexo comprometerían la masculinidad del personal militar e introducirían problemas morales es tan fija e incuestionable en los establecimientos militares modernos que esta idealización de las relaciones homosexuales en las sociedades guerreras puede parecer absurda a los lectores contemporaneos.

Sin embargo, no habría sido un concepto extraño para los antiguos: habrían encontrado la idea de que las mujeres en el ejército fueran mucho más absurdas, y eso es común en muchos países.

El ascenso del cristianismo

El cristianismo trajo consigo una visión de las uniones sexuales que era algo ajena al mundo antiguo: los cristianos ideales debían ser célibes (lo que significaba ser virgen y soltero). Esta práctica probablemente era vista como inútil y poco práctica para los paganos, y en el judaísmo rabínico, los judíos están obligados a reproducirse, por lo que el matrimonio era esencial.

No es sorprendente que los primeros cristianos fueran bastante ambivalentes acerca del matrimonio. San Pablo no solo escribió que deseaba que todos pudieran ser célibes como él, sino que Jesús nació de padres solteros y (hasta donde sabemos) él mismo no se casó . Durante sus primeros mil años, el cristianismo puso mayor énfasis en la vida célibe (y muchos cristianos casados permanecían vírgenes) que en la unidad familiar; después de todo, Jesús dijo en la Biblia que los cristianos deben considerar a sus hermanos y hermanas como cualquier otro cristiano y no como miembros de su familia biológica.

El concepto de amor entre personas del mismo sexo está ejemplificado en la Biblia por la relación entre David y Jonatán. Las almas de la pareja estaban unidas y tenían un sorprendente parecido con una relación romántica y sexual. Cuando Jonatán murió, David se lamentó públicamente y dijo que el amor de Jonatán era mejor que el de una mujer. Incluso hicieron un pacto juntos, siendo la palabra hebrea usada en la Biblia la misma que se usa en el pacto matrimonial hebreo.

¿Matrimonio homosexual antiguo?

En la Biblioteca del Vaticano se encuentra un manuscrito litúrgico griego llamado (entre otros nombres) Barberini 336, en el que hay cuatro ceremonias. Las tres primeras pertenecen a las uniones matrimoniales entre un hombre y una mujer, pero la cuarta es una oración específica para la unión sexual y matrimonial entre dos hombres (que luego se desarrolló para adaptarse a dos mujeres). Este manuscrito data de principios del siglo VIII, aunque parece que las palabras en sí son aún más antiguas, ya que simplemente fueron copiadas de otra fuente antigua.

Boswell analiza al menos otras siete versiones de esta antigua liturgia que bendijo a parejas del mismo sexo de toda Europa. Tal vez, dadas las primeras dudas sobre la sexualidad en general en la mentalidad cristiana antigua, es posible que consideraran toda actividad sexual como igualmente indeseable en comparación con la virginidad y el celibato, por lo que nunca hubo un deseo de demonizar las uniones homosexuales más que las heterosexuales.

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Hoy es el Día del Amor.  Nuevamente le lanzo un reto a nuestro Gobernador y a nuestra Legislatura, de parte de los votantes (que son miles) de mi Comunidad LGBTQIA+, compartiéndoles un trabajo que publiqué en mi columna Zona Ambiente de El Post Antillano, hace algun tiempo:

 

Escuché alguna vez que en esta vida hay dos tipos de personas: los que tienen valores y los que tienen un precio.  Hoy les quiero hablar de dos personas que tienen valores: Ana Irma Rivera Lassen y Rafael Bernabe Riefkohl quienes en el 30 de junio del 2021 presentaron el Proyecto del Senado 485 para establecer la “Carta de Derechos de las personas: LGBTTIQ+.  Les someto ante su consideración copia de dicho proyecto:
“ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Legislativa                                                              Ordinaria

SENADO DE PUERTO RICO
P. del S. 485
Presentado por la señora Rivera Lassén y señor Bernabe Riefkohl
Referido a la Comisión Derechos Humanos y Asuntos Laborales
 
30 de junio de 2021 

LEY

Para establecer la “Carta de Derechos de las personas LGBTTIQ+”; disponer sobre sus derechos y protecciones ante la sociedad; y definir las obligaciones y responsabilidades de las agencias del Estado, y el sector privado, respecto a los derechos humanos que cobijan a las personas LGBTTIQ+. 


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Un desarrollo más equitativo y democrático del conjunto de la sociedad, requiere la eliminación de los tratos discriminatorios contra cualquier grupo.- Marta Lamas
En el 2017, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la red de Parlamentarios para la Acción Global (PGA) del 2017, publicaron el Manual para Parlamentaristas, donde establecen que la homofobia y otras formas de estigma, violencia y discriminación hacia las personas lesbianas, gay, bisexuales, transgénero, transexuales e intersexuales, queer y asexuales (LGBTTIQ+) limitan significativamente su exclusión de la sociedad, su acceso a los servicios sociales y de salud, e impiden su desarrollo social y económico. La organización Human Rights Watch, ha documentado y dado a conocer los abusos perpetrados por motivos de orientación sexual e identidad de género en el Mundo.  Estas violaciones a derechos humanos incluyen torturas, asesinatos y ejecuciones, detenciones avaladas por leyes injustas, trato desigual, censura, abusos médicos, discriminación en los ámbitos de salud, empleo y vivienda, violencia doméstica y de género, abusos contra menores, negación de derechos familiares y reconocimiento. La propuesta de HRW invita a impulsar leyes y políticas que protejan la dignidad de todas las personas y promuevan un mundo donde puedan gozar plenamente de sus derechos, además de trabajar en la promoción de los derechos y libertades de lesbianas, gay, bisexuales, personas transexuales y transgénero, queer, intersex y/o cualquier otra identidad reconocida.

A nivel internacional se ha avanzado en la reclamación de los derechos de las personas LGBTTIQ+. Desde el año 2004, el 17 de mayo fue determinado como el Día Internacional contra la Homofobia, la Transfobia y Bifobia, por la conmemoración de la eliminación de la homosexualidad como parte de la lista de enfermedades mentales por parte de la Asamblea General de la Organización Mundial de la Salud (OMS) en 1990. 

Los principios de Yogyakarta son otra instancia de avance en la aplicación de la legislación internacional de los derechos humanos relativos a la orientación sexual, diversidad corporal, expresiones de género e identidad de género. Estos derechos están intrínsecamente conectados con los derechos a la identidad personal, al nombre, a la salud, al trabajo, vivienda, educación y cultura, entre otros. Igualmente, así lo reconoce el informe Avances y desafíos hacia el reconocimiento de los derechos de las personas LGBTI en las Américas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. 

Otra instancia importante es la Declaración de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, del 2011, sobre la finalización de los actos de violencia y violaciones a los derechos humanos sobre la base de la orientación sexual y la identidad de género. Esta declaración reconoce públicamente el tratamiento inaceptable que reciben personas alrededor del mundo, por su orientación sexual o su identidad de género. 

Así también en junio de 2011, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas adoptó la Resolución 17/19, que reconoce los actos de violencia y discriminación que se cometen contra las personas LGBTTIQ+ en todo el mundo. El Informe del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, Informe de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos sobre las leyes y prácticas discriminatorias y actos de violencia cometidos contra personas por su orientación sexual o su identidad de género, presenta los problemas que enfrentan las personas LGBTTQI+  y establece la obligación de todos los Estados de proteger los derechos de toda la ciudadanía. 

Como una contribución para respaldar la implementación de la Agenda 2030 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), el 10 de diciembre de 2015, el PNUD desarrolló un Índice de Inclusión LGBTTIQ+, que incluye la medición de cinco dimensiones, que deben ser consideradas en la creación de políticas públicas que favorezcan el cumplimiento con los derechos humanos de las personas LGBTTIQ+: participación política y cívica, bienestar económico, seguridad personal, salud y educación.

Por otro lado, en el caso de Bostock v. Clayton County, 140 S. Ct. 1731 (2020), el Tribunal Supremo Federal atendió una controversia sobre discrimen laboral por orientación sexual e identidad de género, y estableció que un patrono que discrimina basado en dichas clasificaciones, viola la cláusula que prohíbe el discrimen por sexo contenida en Ley de Derechos Civiles[3] [Federal] de 1964.  Además, el Tribunal del Cuarto Circuito, en el caso de Grimm v. Gloucester Cty. Sch. Bd., una decisión relacionada al discrimen por identidad de género, resolvió que la Cláusula de la Igual Protección de las Leyes de la Decimocuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos, y el Título IX de las Enmiendas de Educación de 1972, protege a estudiantes trasgénero de las políticas escolares que prohíben el uso del baño según su identidad de género y como un ejercicio de su afirmación.

 En el contexto histórico local, a finales del Siglo XIX surgía un orden más progresista en España, mismo periodo en el que Puerto Rico fue adquirido por los Estados Unidos. El ordenamiento jurídico en Puerto Rico cambió para atemperarse con la corriente norteamericana, la cual estaba desfasada en relación a la corriente europea del momento. “A tono con lo anteriormente expuesto, no debe sorprendernos que la respuesta del derecho al ejercicio de la sexualidad en todas sus dimensiones y vertientes estuviera rezagada tanto en Estados Unidos como en Puerto Rico. Ello implicó que muchos de los cambios respecto a la criminalización de ciertas conductas o el reconocimiento de ciertos derechos llegara más tardíamente con relación a Europa, e inclusive, Latinoamérica”.

En los últimos años, nuestra Asamblea Legislativa ha comenzado a promover la diversidad, aceptación y ampliación de los derechos de las personas LGBTTIQ+. Leyes como la Ley Núm. 22-2013, mejor conocida como “Ley para establecer la Política Pública del Gobierno de Puerto Rico en contra del discrimen por Orientación Sexual o Identidad de Género en el Empleo, Público o Privado” establece que no se discriminará por orientación sexual e identidad de género en el empleo y la Ley Núm. 23–2013, que amplió las protecciones a parejas del mismo género y sus diversidades, de los procesos de la Ley Núm. 54 15 de agosto de 1989, mejor conocida como la “Ley de Prevención e Intervención con Violencia Domestica” según enmendada. 

Además, se han presentado varios proyectos por esta Asamblea Legislativa a los fines de extender y reconocer más derechos a las personas LGBTTIQ+ o erradicar el discrimen producto de prácticas sociales que no son cónsonas con una sociedad inclusiva. 

Según el Informe 2020-21 de Amnistía Internacional sobre la situación de los Derechos Humanos en el Mundo, en el caso de Puerto Rico, el Informe destaca que, en el 2020, con respecto a los Derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTTIQ):
Según el Observatorio de Equidad de Género de Puerto Rico, 6 de las 60 víctimas de los feminicidios registrados durante el año eran personas transgénero, 4 más que en el año anterior.

 

El violento homicidio en febrero de Alexa Luciano Ruiz, una mujer transgénero, provocó la indignación pública. De acuerdo con las noticias publicadas en los medios de comunicación, el día anterior a su muerte la policía había intervenido en respuesta a una denuncia presentada contra ella por utilizar el aseo de mujeres de un establecimiento de comida rápida. Las fotos del suceso se hicieron virales en las redes sociales.

 

En abril, por primera vez, las autoridades federales de Puerto Rico presentaron cargos en virtud de la Ley de Prevención de Delitos de Odio de Matthew Shepard y James Byrd Jr., firmada por el expresidente Obama en 2009, por el homicidio de otras dos mujeres transgénero: Serena Angelique Velázquez y Layla Peláez Sánchez.
La Rama Ejecutiva ha promovido por medio de ordenes ejecutivas y reglamentación, que personas transexuales puedan inscribir su género reasignado en el Registro Demográfico, sin pasar por un proceso judicial oneroso y complicado, y ha ordenado a sus dependencias a rigurosamente preservar y respetar los derechos de las personas LGBTTIQ+.  

Sin embargo, las actuaciones homofóbicas y transfóbicas, combinadas con la falta de protección legal, continúan promoviendo graves violaciones a los derechos humanos de las personas LGBTTIQ+. Datos e investigaciones confirman que las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero, transexuales e intersexuales, queer, intersexuales y asexuales en todo el Mundo siguen sufriendo discriminación, violencia y violaciones a sus derechos humanos. En Puerto Rico, por ejemplo, un estudio realizado en el 2005 por la Dra. Sheila Rodríguez Madera y el Dr. José Toro Alfonso, identificó las situaciones de violencia y exclusión por edades de las personas LGBTTIQ+.  

En el grupo de adolescentes encontraron que la población de jóvenes sin hogar comprende un número desproporcional de jóvenes LGBTTIQ+ y que dicho grupo reporta experimentar niveles altos de violencia, victimización y acoso. En el grupo de edad avanzada encontraron que experimentan estigma y discrimen a lo largo de su vida y pueden experimentar mayores tasas de violencia que personas de edad avanzada heterosexuales.

Por otro lado, en su reconocido estudio, “Por la Vía de la Exclusión: Homofobia y Ciudadanía en Puerto Rico”, publicado en 2007, por el Dr. José Toro Alfonso y auspiciado por la Comisión de Derechos Civiles de Puerto Rico, el Dr. Toro Alfonso establece que “la alta percepción de exclusión social y discrimen que señalan personas gay, lesbianas, bisexuales y transexuales en Puerto Rico; y por otro lado, los niveles de prejuicio, la cantidad de mitos que conserva un sector de las personas que trabajan en las agencias gubernamentales en general, y en particular el Departamento de la Familia, la Policía y el Departamento de Justicia.”  

Además de discutir la discriminación que experimentan homosexuales, lesbianas y transgéneros, el estudio presenta argumentos de cómo en Puerto Rico la prensa ha reseñado “innumerables instancias en que se presupone se haya discriminado o excluido a personas de la comunidad homosexual por el solo hecho de su orientación sexual.” En la investigación se recogen las experiencias de victimización de las personas participantes, entre las que se destacan:  

• La mayoría de las personas participantes (63%) informaron que habían sido víctimas de insultos verbales por razón de su homosexualidad;
• Cerca del 11% de las personas que participaron reportaron que en alguna ocasión les fue negado un servicio en una agencia gubernamental;
• 32% que en algún momento se habían sentido atemorizados por su vida al estar en un lugar público y que esto está relacionado a su orientación sexual;
• 48% reportaron tener experiencias de rechazo en las agencias gubernamentales;
• 46% expresaron que Puerto Rico no es un lugar seguro para las personas gay, lesbianas, bisexuales y transgénero;
• 67% de las personas participantes opinan que en Puerto Rico las políticas públicas sobre la no discriminación no están claras;
• El tema de la transexualidad es uno de los que genera mayor dificultad entre la mayoría de participantes.

La protección y valorización de los derechos humanos de las personas LGBTTIQ+ es indispensable para que en todos los países se establezcan políticas públicas de protección, respeto e inclusión a la diversidad. En el caso de Puerto Rico, es deber de esta Asamblea Legislativa ampliar el alcance de nuestro andamiaje legal a los fines de proteger y garantizar los derechos a todas las personas, en todas sus diversidades. Por lo tanto, es necesario establecer una Carta de Derechos para las personas LGBTTIQ+, para promover sus derechos y su plena inclusión, a través cambios culturales y sensibilización en la sociedad.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Título 

Esta Ley se conocerá como “Carta de Derechos de las personas LGBTTIQ+”.
Artículo 2.- Definiciones 

1. “Bisexualidad” es la capacidad de una persona de sentir una atracción erótica afectiva por personas de un género diferente al suyo y de su mismo género, así como la capacidad de mantener relaciones íntimas y sexuales con ellas.

2. “Derecho a la identidad de género” es aquel derecho que deriva del reconocimiento al libre desarrollo de la personalidad. Considera la manera en que cada persona se asume a sí misma, de acuerdo con su vivencia personal del cuerpo, sus caracteres físicos, sus emociones y sentimientos, sus acciones, y conforme a la cual se expresa de ese modo hacia el resto de las personas.

3. “Diversidad sexual y de género” hace referencia a todas las posibilidades que tienen las personas de asumir, expresar y vivir su sexualidad, así como de asumir expresiones u orientaciones e identidades sexuales.

4. “Expresión de género real o percibida” es la manifestación del género de la persona. Puede incluir la forma de hablar, modo de vestir, comportamiento personal, comportamiento o interacción social, modificaciones corporales, entre otros aspectos y no se ajusta necesariamente a las normas, expectativas sociales y/o sexo asignado al momento del nacimiento.

5. “Gay” se refiere al hombre que se siente atraído erótica o afectivamente hacia otro hombre.

6.  Género” Se refiere a los atributos que social, histórica, cultural, económica, política y geográficamente, entre otros, han sido asignados a los hombres y a las mujeres.

7. “Homofobia” es el rechazo, discriminación, invisibilización, burlas y otras formas de violencia basadas en prejuicios, estereotipos y estigmas hacia la homosexualidad o hacia las personas con orientación homosexual, o que son percibidas como tales.

8. “Homosexualidad” es la capacidad de cada persona de sentir una atracción erótica afectiva por personas de su mismo género, así como la capacidad de mantener relaciones íntimas y sexuales con estas personas.

9.  “Identidad de género real o percibida” es la vivencia interna e individual del género, tal como cada persona la identifica y/o siente, y como se reconoce a sí misma, que puede corresponder o no con el sexo asignado al nacer.

10.“Intersexualidad” son todas aquellas personas en las que su anatomía o fisiología sexual no es compatible a las categorías de sexo biológicas en el binomio tradicional (hombre o mujer). 

11.“Lesbiana” es una mujer que se siente atraída erótica y afectivamente por mujeres.

12.“LGBTTIQ+” son las siglas para referirse a las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexual, transgénero, queer, intersexuales, así como cualquier otra identidad de género reconocida.

13.“Orientación sexual” es la capacidad de cada persona de sentir una atracción afectiva, sexual y emocional por personas de un género diferente al suyo, o de su mismo género, o de más de un género o de una identidad de género, así como la capacidad de mantener relaciones íntimas y sexuales con estas personas.

14.“Queer” las personas queer, o quienes no se identifican con el binarismo de género, son aquellas que además de no identificarse con el género socialmente asignado a su sexo de nacimiento, tampoco se identifican con alguna construcción de género en particular y su identidad es contraria a las normas sociales de la heteronormatividad, relativas al género y sexualidad, en sus diversas manifestaciones. 

15.“Sexo” es la referencia a los cuerpos sexuados de las personas; esto es, a las características biológicas (genéticas, hormonales, anatómicas y fisiológicas).

16.“Transexual” persona que se siente y se concibe a sí misma como perteneciente al género y/o sexo distinto al que socialmente se asigna al momento del nacimiento, y que opta o busca transicionar parcial o totalmente su apariencia física y corporalidad a través de intervención médica, incluyendo, pero sin limitarse a tratamiento hormonal, quirúrgico o ambas.

17.“Transfobia” es el rechazo, discriminación, invisibilización, burlas, no reconocimiento de la identidad y/o expresión de género de la persona y otras formas de violencia basadas en prejuicios, estereotipos y estigmas hacia las personas con identidades, expresiones y experiencias transexuales y transgénero, o que son percibidas como tales.

18.“Transgénero” persona que no se identifica a sí misma como perteneciente al género y/o sexo que se asigna en el nacimiento. Se trata de una identidad de género que no depende necesariamente de la apariencia física o procedimientos médicos. El término transgénero se entenderá como un concepto abarcador, que incluye diversas manifestaciones del género.

Artículo 3.- Derechos de las personas LGBTTIQ+ 

A través de esta Carta de Derechos se compilan unos derechos generales que son reconocidos para las personas LGBTTIQ+ de Puerto Rico. De esta manera se facilita el conocimiento de las protecciones bajo las cuales están cobijados(as) por ley, de manera que sea más efectiva la identificación de estas. De ninguna manera se entenderá que se menoscaba o limita los derechos concedidos mediante las distintas leyes especiales en nuestro andamiaje legal.

Las personas LGBTTIQ+ gozarán de todos los derechos consignados en la Constitución de Puerto Rico y en las leyes y reglamentos que le sean aplicables. Cónsono a una política pública de inclusión para todas las personas que formen parte de nuestra sociedad, las personas LGBTTIQ+ gozarán de las siguientes protecciones y derechos: 

(1) Derecho a gozar de una vida plena donde puedan manifestarse libremente en prácticas cotidianas, afectivas y sociales, sin miedo a sufrir discrimen por razón de su orientación sexual o identidad de género, real o percibida, por personas privadas o por el Estado. 

(2)  Derecho a tener seguridad de empleo, a igualdad de condiciones sociales, salariales y económicas; en un ambiente libre de discrimen desempeñando una profesión, ocupación u oficio; y ser tratados(as) dignamente en los espacios laborales tanto del sistema público como privado; así como a no ser discriminadas por razón de su orientación sexual o identidad de género real o percibida; al bienestar económico, reduciendo la disparidad de ingresos y garantizando su seguridad social y garantizar el control de sus recursos económicos erradicando la discriminación que afecta a las personas LGBTTIQ+, que las coloca en un ciclo de exclusión que tiende a culminar en la pobreza por falta de acceso a servicios básicos, oportunidades y prestaciones sociales;

(3) Derecho a recibir los servicios públicos y privados, y poder hacer gestiones públicas y gubernamentales sin ser discriminados(as), ni que se les limite los servicios a consecuencia de su orientación sexual o identidad de género, real o percibida; de igual forma, se valida el derecho al acceso, uso y disfrute de espacios considerados públicos como restaurantes, teatros, negocios y tiendas, entre otras; 
(4) Derecho a educación tanto primaria, secundaria, universitaria, vocacional y toda modalidad de enseñanza y tipos sin limitaciones, discriminación u hostigamiento por su orientación sexual o identidad de género real o percibida; a una educación que fortalezca las capacidades de las personas LGBTTIQ+ de forma inclusiva, con un enfoque de género y de diversidad sexual, enseñanza de la igualdad y no discriminación desde la perspectiva de género en las escuelas; el respeto a su intimidad y a no exponer su identidad sexual, real o percibida, sin su consentimiento; a que las escuelas respondan con prontitud y diligencia en casos de hostigamiento basados en apariencia o en conductas que no son identificadas dentro  de los estereotipos de género, incluyendo los códigos de vestimenta; a no discriminar contra una persona transexual, o en proceso de transición mientras se encuentren en la escuela; de igual forma, el derecho al libre acceso a facilidades consistentes con su identidad de género real o percibida.

(5) Derecho a una vivienda digna, de poder adquirir, arrendar, enajenar sus propiedades muebles e inmuebles sin ser discriminados(as) y viceversa;

(6) Derecho a salud integral, bienes y servicios de salud en todos los establecimientos, incluida la salud sexual y reproductiva, incluido el derecho al consentimiento informado, dedicando especial atención a las personas transexuales e intersex, para que accedan a los servicios de salud y se les realice la operación de reasignación sexual al paciente que lo solicite, sin ser sometidas a prejuicios, discriminación o violencia al acudir a recibir los servicios médicos adecuados, necesarios y recomendados;

(7) Derecho a la seguridad personal integral, protección y empoderamiento respecto de su identidad de las personas LGBTTIQ+; y que ninguna autoridad civil, ni de la policía pueda retenerle físicamente por su orientación sexual o su derecho de expresar sus manifestaciones de identidad de género, real o percibida, o afectivas; 

(8) Derecho a vivir una vida libre de la violencia física, psicológica y sexual, basada en la orientación sexual, identidad y/o expresión de género, real o percibida y diversidad corporal, vivir en un ambiente de tranquilidad, privacidad, respeto, dignidad, libre de presiones, coacciones, manipulaciones, tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes y tráfico de seres humanos;

(9) Derecho a determinar y obtener un reconocimiento oficial del Gobierno y la sociedad, respecto a su identidad y a que el Estado recolecte datos relacionados a las personas LGBTTIQ+ en todas las agencias gubernamentales, para implementar los derechos aquí contenidos, en políticas públicas efectivas; 

(10) Derecho a defender y promover los derechos humanos sin discriminación por la orientación sexual y la identidad de género, real o percibida, así como la obligación del Estado de garantizar la protección de las personas que son defensoras de los derechos humanos de las las personas LGBTTIQ+;

(11) Derecho a la participación democrática y política, protección y garantía de derechos de las personas LGBTTIQ+ alcanzadas por medio de su participación activa y efectiva, en los espacios e instancias de decisión sobre las legislaciones y políticas públicas del Estado, asegurando que sus expectativas y necesidades se vean reflejadas en la toma de decisiones y en la obtención de cargos políticos;

(12) Derecho de acceso a la justicia, respuesta judicial efectiva frente a violaciones de los derechos humanos de las personas LGBTTIQ+; con la capacitación y sensibilización de funcionarios(as) del sistema de administración de justicia, con recursos ágiles y efectivos, asistencia para realizar cambios de nombre, la creación y aplicación práctica de protocolos específicos para una debida actuación, así como de investigaciones serias, imparciales y sin prejuicios en los casos de violencia y discriminación, y recibir protección contra negligencia, maltrato, prejuicio, abuso o descuido por parte de sus familiares, proveedores(as) de servicios o comunidad en general;  

(13) Derecho a recursos legales que garanticen las debidas reparaciones legales a las personas cuyos derechos se han violado y la imposición de responsabilidad penal a quienes incurran en tales violaciones de derechos, y a la descriminalización de las personas LGBTTIQ+;

(14) Derecho a formar una familia, en todas sus posibles manifestaciones, fuera de la criminalización de las posibilidades de reproducción, asistida o no, y/o de otros procesos provistos por Ley para la consecución de este propósito, así como recibir herencias, pensiones y cualquier otro beneficio establecido en las leyes de Puerto Rico, vinculado a las relaciones familiares;

(15) Derecho a la erradicación de todo tipo de fobia dirigida hacia las personas LGBTTIQ+, sobre todo la transfobia;

(16) Derecho de asociación, reunión y libertad de expresión, a usar espacios públicos según su identidad de género o expresión de género real o percibida; derecho a la libertad de autoexpresión, de la expresión de la propia identidad y la propia sexualidad sobre la base de la orientación sexual o la identidad de género, real o percibida, sin interferencia del Estado.


Artículo 4.- Todas las instituciones públicas estarán sujetas a las disposiciones aquí contenidas, y tendrán un término no mayor de un (1) año, a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, para elaborar gestiones y políticas que garanticen el cumplimiento con los derechos de las personas LGBTTIQ+. Con el propósito de medir la aplicabilidad de esta Ley, se ordena a todas las agencias del Gobierno, remitirle al Gobernador o Gobernadora y la Asamblea Legislativa un informe anual de progreso, al finalizar cada año fiscal, desglosando, pero sin limitarse a: un resumen de iniciativas, campañas, proyectos, acciones, reglamentos, cartas circulares, entre otras, que tengan impacto sobre el cumplimiento con garantizar los derechos de las personas LGBTTIQ+, según establecidas en esta Ley. 

Artículo 5.- Cláusula de Separabilidad

Si cualquier cláusula, párrafo, subpárrafo, oración, palabra, letra, artículo, disposición, sección, subsección, título, capítulo, subcapítulo, acápite o parte de esta Ley fuera anulada o declarada inconstitucional, la resolución, dictamen o sentencia a tal efecto dictada no afectará, perjudicará, ni invalidará el remanente de esta Ley. El efecto de dicha sentencia quedará limitado a la cláusula, párrafo, subpárrafo, oración, palabra, letra, artículo, disposición, sección, subsección, título, capítulo, subcapítulo, acápite o parte de esta que así hubiere sido anulada o declarada inconstitucional.

Artículo 6.- Vigencia

Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.” 

 

Pero también les quiero hablar de los que tienen un precio: la mayoría de nuestra Legislatura que ha hecho caso omiso a este intento.  ¿Hasta cuándo nuestra Comunidad tendrá que esperar por la Justicia Gubernamental?  ¿Tendremos que salir a la calle a luchar?  Yo estoy dispuesto.  ¿Y tu?


 

 

 

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