Pablo Casellas: golpe de Estado judicial

Derechos humanos

(San Juan, 1:00 p.m.)- Continúa el golpe de Estado judicial. El primer asalto se dio con el caso de Pueblo v. Sánchez Valle. Ahora se aplica al caso de Pablo Casellas. El 20 de marzo de 2015, el Partido Nuevo Progresista dio un golpe de Estado en Puerto Rico mediante su brazo judicial, el Tribunal Supremo de Puerto Rico, en donde ha logrado mayoría de 6-3. En Pueblo v. Sánchez Valle, una mayoría del Tribunal mediante voto 6-3 anuló la concesión de soberanía local que el Congreso endosó mediante la Ley 600 y la subsiguiente aprobación de la Constitución de Puerto Rico en el 1952. Sánchez Valle nulifica el Estado Libre Asociado y reduce a Puerto Rico a una propiedad federal.

Como resultado, el Tribunal revocó la jurisprudencia federal y de Puerto Rico que existía hasta ese día. Dicha jurisprudencia reconocía una ¨soberanía dual¨ entre Estados Unidos y Puerto Rico, que dictaminaba que el Gobierno federal podía procesar a una persona por un delito federal, digamos asesinato, y Puerto Rico lo podía procesar bajo la ley estatal por el mismo delito, sin violar la cláusula de doble exposición de la Constitución federal. En fin, el convicto habría de exponerse a cumplir sentencias federales y estatales. Sánchez Valle, sin embargo, al anular la soberanía del ELA, el TSPR disolvió la doctrina de soberanía dual en lugar, y dictó que Puerto Rico era un mero apéndice territorial de Estados Unidos, y declaró que aplicaba la doctrina de doble exposición; o sea, que siendo EE. UU. y Puerto Rico el mismo soberano, la jurisdicción local no podía juzgar a una persona dos veces, en este caso a Sánchez Valle, por el mismo delito.

Ahora, en el caso de Pablo Casellas, acusado del asesinato de su esposa Carmen Paredes, el jurado rindió un veredicto de culpabilidad 11-1. El jurado sentenció a Casellas a un total de 109 años de cárcel por el asesinato de su esposa y otros delitos. Luego de la decisión en Sánchez Valle, Casellas alegó que dicho veredicto era inconstitucional porque al determinarse en Sánchez Valle que Puerto Rico es un territorio federal, le era necesario aplicar el requisito federal, no el de Puerto Rico. En Puerto Rico, al igual que en otros estados, la norma es que un veredicto 9-3 es suficiente para una convicción. Bajo la Constitución federal, los veredictos de culpabilidad en procesos criminales a rendirse por jurado tienen que ser unánimes, 11-1 no vale.

Ayer un Tribunal Apelativo de Puerto Rico revocó la convicción del jurado y le dio la razón a Casellas por mayoría de 2-1. Según el Tribunal: “Revocamos la sentencia apelada ya que el veredicto fue uno por mayoría, contrario a lo que establece el nuevo estado de derecho determinado en Pueblo v. Sánchez Valle. Dicho dictamen de nuestra más alta superioridad judicial le es aplicable al apelante, ya que al momento de su pronunciamiento no existía una sentencia condenatoria final y firme contra el señor Casellas”. El panel ponente está compuesto por los jueces Olga Birriel y Luis Piñero González, con la jueza Mildred Surén Fuentes, con voto disidente.

La decisión del Tribunal de Apelaciones es una consecuencia descabellada de la decisión en Sánchez Valle. El resultado puede ser una locura jurídica: la puesta en libertad de todo acusado convicto por un jurado que no goce de unanimidad. La decisión de Sánchez Valle ha sido altamente criticada como una decisión motivada por el interés partidista de disolver el ELA y reducir a Puerto Rico al equivalente de una base militar, independientemente de sus desquiciadas consecuencias. En su disidencia en Sánchez Valle, la jueza Anabelle Rodríguez Rodríguez acusó a la mayoría PNP de elevar la ideología anexionista sobre el análisis jurídico y exhortó al Tribunal Supremo federal a revisar el caso para devolver a la mayoría a la cordura del derecho. Así lo ha hecho el Tribunal Supremo de Estados Unidos. El secretario de Justicia, César Miranda Rodríguez, presentó la petición al Tribunal Supremo Federal y el Tribunal la acogió y le pidió alegatos a las partes. El Tribunal Supremo Federal concede menos de 100 peticiones de cerca de 4,000 que le llegan al año, y cuando las concede es un buen indicio de que la decisión que revisa sufre de defectos analíticos. No tenemos bola de cristal, pero es probable que Sánchez Valle tenga una corta vida como precedente judicial. RIP.

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