El Tribunal Supremo [es decir, el Poder Judicial] rinde informe sobre feminicidios

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El Poder Judicial dio a conocer el informe preliminar del Grupo de Trabajo en Casos de Feminicidios, en el que se señala que en los casos evaluados se observó “pobre” participación de los jueces para auscultar presencia de indicadores de letalidad y orientar a parte peticionaria.

Una de las misiones del comité era investigar lo que ocurrió dentro de las salas de las juezas de Caguas, Ingrid Alvarado y Sonya Nieves, quienes atendieron los procesos en los que Andrea Ruiz Costas (asesinada por su expareja), figuró como peticionaria, pero en el documento no se hace referencia específica al caso.

El organismo creado, presidido por la licenciada Aleida Varona Méndez y compuesto por los jueces superiores Janette Perea López, y William Machado Aldarondo, así como por los jueces municipales Raiza Cajigas Campbell y Juan Vera Rivera, rindió el informe preliminar en el que se establece que se debe propiciar entre las agencias encargadas de recopilar estadísticas la creación de una base de datos oficial en las que se recoja información de feminicidios directos, indirectos, íntimos y no íntimos y que segregue la información de los feminicidios y transfeminicidios.

También aconseja referir de inmediato a la Red de Jueces Coordinadores y Juezas Coordinadoras en Asuntos de Violencia de Género la creación de expedientes, la documentación del proceso presencial/híbrido/virtual, que garantice la confidencialidad de información sensitiva, que consigne determinaciones de hechos y notas.

También recomienda la práctica de atender las solicitudes de archivo por despacho, la creación de procesos “uniformes, justos y sensibles” cuando ambas partes solicitan órdenes de protección y establecer las instancias en que deben hacerse referidos al Ministerio Público o a la Policía, cuando surja del testimonio de una persona peticionaria de una orden de protección conductas que ameritan ser evaluadas para determinar si procede iniciar cargos criminales.

A su vez, pide impartir instrucciones sobre el uso del Manual de Estrado de Órdenes de Protección en Situaciones de Violencia Doméstica, en particular lo relativo a la evaluación de los factores de letalidad, como medida que permite predecir el potencial riesgo al que se enfrenta la víctima y sobreviviente al dictar la orden de protección, diseñar los remedios y disponer sobre la vigencia de la orden.

“Asimismo, es preciso que los jueces y las juezas indaguen en todos los casos de solicitud de orden de protección sobre la presencia de armas y sobre el historial de violencia doméstica, casos criminales previos y órdenes de protección solicitadas y que dicha documentación se incluya en el expediente”, señala el informe.

Igualmente, indica la necesidad de establecer un proceso periódico y rutinario de auditoría de expedientes para casos de violencia de género, con miras a evaluar de manera continua el cumplimiento de las normas administrativas, necesidades de adiestramiento, entre otros3

Asimismo, recomienda actividades educativas para refrescar conocimientos sobre el manejo de sala y el uso del Manual de Estrado.

En el informe se incluye una evaluación de las grabaciones de los procesos judiciales que el grupo de trabajo escuchó y se afirma que “no se orientó a las partes al expedir la orden de protección sobre las consecuencias de una violación a la orden de protección, las conductas prohibidas, la necesidad de que la víctima llevara siempre consigo la orden, entre otras advertencias dispuestas por ley”. 

“Tampoco hubo preguntas sobre la existencia de armas o acceso a armas”, agrega. 

Del total de siete casos evaluados, el grupo de trabajo “observó una pobre participación de los jueces y las juezas para auscultar la presencia de indicadores de letalidad y para orientar a la parte peticionaria”.

El Grupo de Trabajo, que continuará el proceso de evaluar los expedientes judiciales de casos de feminicidio en años anteriores al 2020, propuso que se le conceda hasta el 31 de enero de 2022, para someter el informe final con recomendaciones.

Además, propuso ampliar su evaluación a casos de intentos de feminicidio, en los que se identifique una intervención judicial, a la par que entrevisten familiares de las víctimas o a las propias víctimas, de autorizarse la ampliación a casos de intento de feminicidio.