El caso de Alexa [hay que estar pendientes]

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Cuando un “caso inusual” se convierte en el pan nuestro de cada día, nuestra Comunidad LGBTTQIA+ tiene que indignarse.

Prohibido olvidar que Anthony Steven Lobos Ruiz, Jordany Rafael Laboy García y Christian Yamaurie Rivera Otero fueron acusados por un gran jurado federal por un crimen de odio, en relación a la agresión contra Luciano Ruiz con perdigones de pintura.

No obstante, los tres no están acusados por el asesinato de Luciano Ruiz, sino de agresión en su contra por ser una mujer transgénero, alegando que eso constituye un crimen de odio bajo los estatutos federales.

Mientras tanto, uno de los tres acusados, Lobos Ruiz, acudió al Primer Circuito de Apelaciones en Boston para tratar de revertir la determinación de que permanezca detenido sin fianza.

Precisamente por la naturaleza de los cargos, la fiscalía federal solicitó al juez federal Gustavo Gelpí que este caso no esté sujeto al requisito de “juicio rápido”.

“La postura actual de este caso, el descubrimiento de prueba, la naturaleza de las evidencia para el juicio, la cantidad de acusados y la necesidad de que todas las partes se preparen adecuadamente para el juicio, hacen que este caso sea inusual y complejo”, planteó el fiscal federal José Contreras.

Después de señalar precedentes judiciales que recuerdan la discreción del tribunal para tomar esa decisión, destacó que, “en el presente caso, los acusados están acusados con la Ley de Prevención de Crímenes de Odio y cargos relacionados, en relación a la agresión contra una mujer transgénero”.

“La evidencia para probar estas violaciones es extensa, incluyendo múltiples tipos de evidencia electrónica y física, numerosos testigos de hechos y potenciales peritos como testigos”, expuso Contreras.

Agregó que “el caso involucra asuntos legales complejos relacionados a elementos esenciales a la ofensa. Debido a eso, la naturaleza y circunstancias de este caso son tan inusuales y complejos que es irrazonable esperar una preparación apropiada para los procedimientos con antelación a juicio y juicio dentro de los límites establecidos por la Ley federal de Juicio Rápido.

Resaltó que “lo inusual y complejo de la naturaleza de este caso” se corrobora con el hecho de que ya han habido al menos cinco días suspendidos al conteo de juicio rápido, por la cantidad de mociones ya sometidas, que han requerido tiempo para atenderse.

Agregó que la moción de Lobos Ruiz para que se revoque su detención sin fianza y enmendar el informe con antelación a juicio requiere “atención especial”. Expuso que “la moción de Lobos Ruiz contiene asuntos legales y de hechos que justificaron que el tribunal concediera a las partes permiso para excederse del límite en la cantidad de páginas establecidas por las reglas locales”.

También señaló que el conteo del juicio rápido está detenido desde que Lobos Ruiz sometió su apelación.

Lobos Ruiz había solicitado a Gelpí que revisara la orden de detención sin fianza que hiciera el magistrado federal Marshal Morgan.

Gelpí, por su parte, determinó el martes pasado que concurrió con la orden de detención de Morgan.

“Más aún, el tribunal también encuentra que la respuesta de la fiscalía da en el punto”, indicó Gelpí en su orden. “Al momento del arresto, el acusado estaba en el aeropuerto yéndose para Florida. Esto cumple con la preponderancia del riesgo de fuga para los propósitos de detención”.

“También el tribunal adopta su orden previa encontrando que todos los acusados incurrieron en un crimen de violencia”, afirmó. “El planteamiento del acusado en sentido contrario no es persuasiva. Los hechos de este caso, basados en la prueba ante el tribunal para fines de libertad bajo fianza o detención, constituyen también una prueba clara y convincente de peligrosidad”.

Al día siguiente, el abogado de Lobos Ruiz, Eleonora Marranzini, avisó al tribunal que había presentado un recurso de apelación interlocutorio en Boston.