Cómo puede votarse por candidatura y mixto, en arroz y habichelas

Política

El Código Electoral para el Siglo XXI, Ley 78 del 1 de junio del 2011, según enmendada, llamada como la biblia electoral, dispone en sus definiciones art. 2.003, que hay tres formas de votar; íntegro, por candidatura, mixto y por nominación directa.

El voto íntegro no lo discutiré en este artículo, aunque es el que más comúnmente se utiliza por los electores en Puerto Rico. El de nominación directa tampoco lo tocaré, me trae recuerdos babacos generacionales, que prefiero olvidar cuando gente hablaba de votar por la banda de punk rock La Experiencia de Toñito Cabanilla$$. Por otro lado, el voto mixto y por candidatura en Puerto Rico tiene un enorme potencial para la representación democrática, pero no es muy utilizado por el elector, debido a una poca cultura y tradición de votar por los legisladores a nivel estatal y municipal.

Aun teniendo un andamiaje político en nuestro sistema político constitucional, que facilita la diversidad legislativa, la realidad es que el pueblo no conoce a sus legisladores y desconoce el potencial que tienen ellos estando en el poder. No obstante, en estas elecciones habiendo 6 partidos políticos, se ha creado una gama de candidatos e interesantes propuestas que pudiesen cambiar la forma en que se vota en Puerto Rico. Es por esa razón que es indispensablemente necesario saber cómo votar correctamente sea por candidatura o mixto. Ya que el riesgo de votar incorrectamente es anular la papeleta y perder el voto por ignorancia.

El voto mixto es el que se pone una cruz debajo del partido de su preferencia y una o varias cruces al lado de los nombres de los candidatos de otros partidos, que sean de su preferencia en el momento de votar. El voto mixto se anula y no cuenta, si usted pone una cruz de bajo de la insignia de su partido y luego pone una cruz debajo de un candidato de ese mismo partido, que puso la cruz bajo su insignia. En otras palabras que para votar mixto se pone una cruz debajo del partido político y cruces al lado de los candidatos, necesariamente de otros partidos; si pone una cruz al lado de un candidato del partido por el cual voto arriba, el voto no cuenta.

El voto por candidatura es el voto en el cual el elector no vota bajo la insignia de ningún partido y vota por los candidatos individualmente. Este voto se invalida si en la papeleta el elector vota por más candidatos que los que corresponden en una candidatura. Por ejemplo, no es válido un voto por D. Alejandro García y también por D. Luis Fortuño; ese voto no cuenta y se perdería el voto para esa candidatura. Analógicamente, el mismo principio a todas las candidaturas a nivel estatal y municipal.

El voto mixto y por candidatura pudiese ser un voto sabio, si el elector conoce las propuestas de los candidatos. Igualmente el voto íntegro lo pudiese ser. Lo inteligente está en envolverse en la política. El filosofo francés André Comte-Sponville ha dicho que lo más importante que un ciudadano puede hacer es envolverse en la política, de esa manera es parte útil de la sociedad y contribuye materialmente a su desarrollo. Por el contrario, la persona que vota por votar o que simplemente no vota sin tener un interés intelectual en la política no contribuye de forma positiva socialmente. Da pena pensar que la enorme mayoría de los electores o votan por fanatismo y por ignorancia. No obstante, ahora es un buen momento para informarse, leer y/o informarse de los planes y proyectos de gobierno de todos los candidatos; de escuchar los debates y de analizar cuál candidato sería el mejor para mis intereses individuales, para mi familia y para mi sociedad. Hay alternativas en las formas de votar, lo importante es saber meridianamente como hacerlo para no perder el voto después de ir a votar.