Senado pasa medida que facilitaría libertad bajo palabra para reos de edad avanzada

Economia Solidaria

Tras participar en una vista legislativa, dos senadores, incluyendo, a Miguel Pereira, quien dirige la Comisión de lo Jurídico del Senado, se entretuvieron en una conversación sobre el atribulado y costoso sistema correccional de Puerto Rico. Se podría decir que al tocar consideraciones humanitarias y de costo-efectividad tuvieron un momento compartido de claridad.

Pereira, del oficialista Partido Popular Democrático, y Carmelo Ríos, también miembro de la Comisión de lo Jurídico y senador por el minoritario Partido Nuevo Progresista terminaron preguntándose por qué en un sistema abarrotado de gente, tenían que haber reos no peligrosos que ya tienen 60 o más años. “Yo me pregunté que estábamos logrando con eso”, dijo Pereira en una conversación con el Post Antillano.

Decidieron presentar una medida para enmendar la Ley de la Junta de Libertad Bajo Palabra, a los fines de que la junta, basándose en ciertos criterios como peligrosidad y años de sentencia extinguidos, pudiese otorgarle ese beneficio a reos de 60 años o más. El Senado acaba de pasar la medida unánimemente, y Pereira espera que la medida no tenga mayores problemas en pasar en la Cámara de Representantes y en convertirse en ley. El senador, quien hace unos años presidió el Departamento de Corrección, se ha caracterizado por presentar medidas novedosas como la que descriminalizar la posesión de cierta cantidad pequeña de marihuana. Esa medida ha tenido un viaje pedregoso y al fin y al cabo ya no se sabe si una versión de esta podría llegar a ser ley. Pero a la luz de los costos de mantener presos de 60 años o más ($100,000 por reo, dice la exposición de motivos de la medida), y una creciente población penal, la suya parece una medida anclada en el sentido humanitario y común.

Bajo la medida no serían elegibles aquellos confinados que estén cumpliendo condenas por asesinato, secuestro de menores, agresión sexual, incesto, genocidio o crímenes de lesa humanidad, distribución de sustancias controladas a menores de 18 años y la utilización de un menor para pornografía infantil. Tampoco será considerado para el beneficio un reincidente, en la modalidad agravada, según lo definido en el Código Penal de Puerto Rico. Además, es necesario que el reo haya observado buena conducta en la institución por un lapso razonable de tiempo.

“¿Pero si es una persona que está cumpliendo una pena por fraude bancario y cumple con las condiciones necesarias? ¿Qué nosotros logramos manteniendo a una persona de esa edad encerrado? Ya todo lo malo que iba a aprender (en la prisión) a los 64 años, lo aprendió ya”, dijo el también ex-fiscal federal.

La medida expone que se evaluarán personas de entre 60 y 64 años para la libertad bajo palabra cuando hayan cumplido un mínimo de 10 años de su sentencia y las de 65 o más años de edad cuando hubiesen cumplido cinco años de su sentencia.

De firmarse en ley el proyecto, la Junta de Libertad Bajo Palabra tendría que elaborar un reglamento para llevar a cabo su cumplimiento. La junta y el Departamento de Corrección dieron por escrito el visto bueno a las medidas.

Mientras tanto, Pereira dijo que se examinó lo que se había hecho en otras jurisdicciones en los Estados Unidos y otros países con el asunto de confinados que están entrando en edad. El exfiscal añadió que la visión retributiva de sentencias determinadas, como la que adoptó Puerto Rico hace dos años al adoptar un nuevo código penal, llevaba inevitablemente a los sistemas carcelarios a tener más personas mayores, pero no es efectiva en detener la incidencia criminal. Mencionó que no lo han sido en los Estados Unidos ni siquiera en estados que tienen la pena de muerte.