¿Les quitamos el voto a los presos de Puerto Rico?

Justicia Social

alt

La legislatura de Puerto Rico está actualmente debatiendo si eliminan el voto de los presos, un derecho que fue otorgado mediante una ley especial, aprobada meses antes de las elecciones del 1980, por el gobierno del P.N.P. y durante el mandato del ex gobernador licenciado Carlos Romero Barceló.  Actualmente, Puerto Rico es uno de los pocos países del mundo donde los confinados pueden votar.

No obstante, inmersos en una alta criminalidad, donde inclusive los confinados han ajusticiado a varios funcionarios de orden público en las cárceles del país, se cuestiona la validez de esta ley.

El voto de los confinados es un asunto que ha causado mucho debate en la Isla, ya que muchos juristas expertos son del criterio de que los presos no deben votar.  Los argumentos que escuché, en la Facultad de derecho como estudiante, y que ninguno rebatía eran: que ese un derecho que no existe en casi ningún país del mundo, también que está explicitamente prohibido por la Constitución, Art. II, Secc. 12, y finalmente que una vez la persona es sentenciada por un crimen, lógicamente pierde derechos, siendo el voto uno de ellos.  Dentro del pensamiento jurídico es simplemente un argumento lógico en nuestro Estado de derecho, en otras palabras es incuestionable.  Por otro lado, hay organizaciones, que velan por los derechos civiles de los confinados, que argumentan que Puerto Rico ha sido una jurisdicción de vanguardia desde el 1980, en cuanto a permitir el voto de los confinados y que el voto ha democratizado las cárceles del país.

Cabe mencionar, que en la urna electoral el principio de igualdad ha regido en Puerto Rico, una ficción legal por la cual las sociedades democráticas aspiran mundialmente.  Igualmente, es importante la justificación penal del Estado de derecho, que impone condenas de prisión y multas, basada en la responsabilidad penal de los individuos, ante los miembros de la sociedad; asunto que igualmente yace en las bases democráticas, que aspiran los países el mundo.  En este sentido, recuerdo las palabras del Dr. Luis Jiménez de Asúa, distinguido presidente de la Segunda República Española y redactor de su Constitución, que en su Tratado de Derecho penal básicamente explica una teoría de que el Estado impone penas para que las personas cumplan las reglas y no tengan la posibilidad de terminar en prisión; que sepan que son buenos ciudadanos, porque cumplen con la norma penal y porque no están encarceladas, además que tener todos sus derechos es un recordatorio de que están cumpliendo socialmente.  Independientemente de cualesquier postura, este debate entra en el ámbito de la justificación para el Derecho penal en nuestra sociedad.

Es meridianamente importante tener presente que no todos los presos que cometen delitos, cometen acciones en detrimento de principios morales, éticos y de Derecho humanos, que igualmente guían a la sociedad.   En el pasado histórico de nuestra Isla importantes revolucionarios presos como el Dr. Ramón Emeterio Betances de Puerto Rico y como Francisco de Miranda de Venezuela, entre otros.  Actualmente, el mismo Oscar López aunque está preso por el gobierno de los Estados Unidos, la mayoría de los puertorriqueños favorecen su inmediata excarcelación.  Además, recordamos que mediante la desobediencia civil en Vieques hubo famosas personalidades de la política, sociedad civil, academia y otras áreas vitales para la sociedad, que estuvieron presos. ¿Deseamos quitarles el voto a estas personas también?

Sin duda estamos ante un interesante debate político, que dará mucho de qué hablar en distintos círculos y foros.  El proyecto de ley P de la Cámara 1296, fue sometido a la Cámara de Representantes el día 17 de julio de 2013, por los representantes Carlos Vargas Ferrer y Ángel Bulerín Ramos, el primero del P.P.D. y otro del P.N.P.