Puerto Rico, la CELAC y la Declaración de la Habana

Política


En el día de ayer terminó la II Cumbre de la Comunidad de Estados de Latinoamérica y el Caribe (Celac) en la cual se emitió la declaración política titulada la Declaración de la Habana 2014. Este documento que contiene 82 resoluciones adoptadas por el concierto de los 33 estados nacionales presentes en dicha jornada, es decir, todos los estados soberanos del continente americano, salvo los EE.UU y Canadá, países que no fueron invitados. En otras palabras se trató de un evento del llamado “Sur”, al cual el llamado “Norte” se vio excluido. En esta medida, y reconociendo cualquier otra limitación, se trata de un evento monumental a nivel continental con efectos de crear el primer bloque de países, política, social y económicamente comprometidos con otra forma de gobernabilidad, que cuando menos debe ser más democrática y humana. El sueño del fenecido presidente venezolano, Hugo Chávez, y del exmandatario cubano, Fidel Castro Ruz, finalmente adivino a una realidad, y de manera contundente.

La Declaración de la Habana consta de 82 puntos de política o cosmovisión de esta organización continental. No obstante, para propósitos de Puerto Rico son los párrafos 38 al 40 los cuales tienen una connotación particular y general de suma importancia.

38. Reiteramos el carácter latinoamericano y caribeño de Puerto Rico y, al tomar nota de las resoluciones sobre Puerto Rico adoptadas por el Comité Especial de Descolonización de las Naciones Unidas, reiteramos que es asunto de interés de CELAC.

39. Los países miembros de la CELAC nos comprometemos a seguir trabajando en el marco del Derecho Internacional, y en particular, de la Resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, del 14 de diciembre de 1960, para lograr que la región de América Latina y el Caribe sea un territorio libre de colonialismo y colonias.

40. Encomendamos al Cuarteto de la CELAC para que, con la participación de otros Estados miembros que deseen sumarse a este mandato, presenten propuestas para avanzar en lo señalado en el párrafo 38 de esta Declaración.

Nos parece que la declaración, a pesar de no haber alcanzado lo solicitado por el presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, de integrar plenamente a Puerto Rico, si logra plasmar unos principios en estos tres párrafos que merecen ser analizados. Por un lado se reconoce, en el párrafo 38, expresamente el deseo y la voluntad de que Puerto Rico se descolonice. El párrafo no llega tan lejos a indicar que la descolonización sea por vía de la independencia y libre determinación, no obstante el sentido común de la lucha y sobre todo lo expuesto en el párrafo siguiente, el 39, validan este pensamiento. En esta medida, el referido siguiente párrafo, es uno que pide la libertad del continente de América Latina y el Caribe colonialismo y colonias. Esto afirma la voluntad por la independencia y libre determinación. Pero lo más interesante es el párrafo 40, el cual y bajo la forma de administración de la Celac, que incluye al nuevo país presidente pro-.tempore, en unión a los dos países que fungieron como presidentes pro-tempore en los pasados años, más un estado seleccionado por los estados, a lo cual se le llama el Cuarteto. Dicho párrafo dispone que el Cuarteto seguirá recibiendo propuestas de estados miembros para poder implementar el párrafo 38, es decir la inclusión de Puerto Rico a la Celac.

En otras palabras, y en una organización cuyo estatutos formativos definen que solo los estados nacionales, esto quiere decir, países libres y soberanos, pueden ser admitidos, los párrafos 38 al 40 constituyen un fuerte espaldarazo al pueblo de Puerto Rico que cree en la independencia y soberanía de la isla. En este sentido, no se trata de cualquier declaración. Ahora les toca a los países del Cuarteto, en unión al gobierno venezolano y a las organizaciones independentistas y soberanista de Puerto Rico, impulsar profundamente lo dispuesto en dicha Declaración de la Habana 2014.